Para lo que me habéis pedido alguna explicación de los
requisitos de hacer un proceso en UCRANIA os paso este artículo que está muy
bien.
GESTACIÓN SUBROGADA EN UCRANIA
Ucrania es otro de los países donde la maternidad subrogada está contemplada y
regulada por una ley explícita. En los últimos años han sido muchos los bebés
nacidos por este procedimiento en este país, ya que, a pesar de la situación
política del momento, las clínicas de reproducción asistida continúan con su
trabajo normalmente.
Los beneficios principales que ofrece Ucrania son la seguridad legal, la
nacionalidad española del bebé y el bajo coste en comparación con otros
destinos.
Requisitos
- Los requisitos que se deben cumplir para poder someterse a este tratamiento son
los siguientes:
- Ser una pareja heterosexual casada.
- Como mínimo, el padre ha de aportar su material genético, siendo preferible que
sean ambos miembros de la pareja los que aporten la carga genética del futuro
embrión.
- Causa médica de imposibilidad de quedar embarazada.
De entre las razones médicas, la deformación o ausencia de cavidad uterina así
como anomalías anatómicas, morfológicas y/o estructurales del endometrio que
den lugar a fallo de implantación y sean incurables, requieren de un
certificado médico español. Además, este certificado será revisado y confirmado
por especialistas en ginecología y obstetricia ucranianos.
Las enfermedades somáticas graves que puedan suponer un peligro para la vida de
la paciente durante la gestación, pero no tengan influencia sobre la salud del
futuro bebé también requerirán de una justificación médica oficial que
diagnostique la imposibilidad de la gestación por parte de la madre comitente.
Por último, también se admite como causa médica más de 4
intentos fallidos en tratamientos de FIV con transferencia de embriones de
elevada calidad. Estos casos también requerirán de certificado por parte de la
clínica de fertilidad que ha llevado los fracasos reproductivos.
Filiación
Tal y como establece el Código de Familia de Ucrania, la gestante tiene
prohibido reclamar la maternidad y no tienen ningún derecho sobre el bebé. Se
considera que un bebé nacido a través de la gestación subrogada es hijo de los
padres genéticos desde que es concebido o por los padres que se someten al
procedimiento de FIV con óvulos donados.
Tras el nacimiento del bebé, se entregará a los padres intencionados dos
documentos: por una parte, el certificado de nacimiento a nombre del padre y de
la gestante, y por otra parte la renuncia del bebé por parte de la gestante.
Con ambos documentos, los padres de intención podrán registrar a su bebé como
hijo de ambos, sin que aparezca el nombre de la gestante en el libro de
familia.
En caso de que la gestante no quisiera renunciar al bebé y por tanto no firmara
el documento de renuncia, se podría proceder a un juicio en el que los padres
intencionados deberían demostrar que el bebé gestado es hijo suyo ya que son
ellos los que se han sometido al tratamiento de fecundación. Con la sentencia
judicial la gestante se vería obligada a renunciar al pequeño en favor de los
padres de intención. Sería un proceso algo más largo pero llevaría al mismo
destino: la renuncia de la gestante.
Hasta la fecha no ha habido ningún caso conocido en que la gestante no haya
querido renunciar al recién nacido, tal y como acepta con la firma del contrato
de subrogación.
EXTRAIDO DE http://www.babygest.es/ucrania/
Andrea Rodrigo
Especialista en reproducción asistida